Acabas de dejar tu trabajo. O peor: te dejaron a ti, un lunes cualquiera, sin mucha explicación. Alguien de Recursos Humanos te pone un papel enfrente y te pide que firmes “para cerrar tu expediente”. Tú firmas, porque quieres cerrar el capítulo y confías en que la empresa hizo bien el cálculo.
Ahí es donde miles de trabajadores en México se quedan sin dinero que ya era suyo, no siempre por mala fe: muchas veces nómina usa una tabla vieja o confunde finiquito con liquidación.
A ti eso no te va a pasar. Aquí tienes los números reales, actualizados a 2026, para saber cuánto te corresponde y qué revisar antes de firmar.
Contenido
- ¿Qué es el finiquito y cuándo te corresponde?
- Finiquito vs. liquidación: la confusión que le cuesta dinero a la gente
- Cómo se calcula el finiquito, paso a paso
- Finiquito por renuncia voluntaria: qué SÍ y qué NO te toca
- Despido injustificado: así se calcula la liquidación
- ¿Cuánto ISR se descuenta de tu finiquito?
- Errores comunes al calcular tu finiquito
- ¿Qué hacer si tu empleador no te paga lo correcto?
- Preguntas frecuentes
- Antes de firmar, saca tus propias cuentas
¿Qué es el finiquito y cuándo te corresponde?
El finiquito es lo que ya ganaste y todavía no te han pagado: días trabajados, vacaciones, aguinaldo proporcional y cualquier otra prestación pendiente.
No importa por qué termina tu contrato: renuncia, despido, fin de contrato o jubilación. Ese dinero es tuyo por ley e irrenunciable, según el Artículo 5° de la LFT.
Un ejemplo simple: si dejas tu empleo en agosto, ya generaste ocho meses de aguinaldo, aunque diciembre esté lejos. Eso se paga, sin peros.
Finiquito vs. liquidación: la confusión que le cuesta dinero a la gente
Este es el error que más veo. La gente usa “finiquito” y “liquidación” como sinónimos, y no lo son.
Solo aplica el finiquito cuando renuncias, se vence tu contrato, hay mutuo acuerdo o te despiden con una causa comprobada por escrito (Artículo 47 LFT). Aplica finiquito más liquidación cuando te despiden sin una razón válida: eso es el despido injustificado, protegido por el Artículo 123 constitucional, apartado A, fracción XXII.
En pocas palabras: el finiquito cubre lo que ya ganaste. La liquidación suma, además, la indemnización de 3 meses, los 20 días por año y la prima de antigüedad.
Un dato que casi nadie explica: si te despiden injustificadamente, eliges entre pedir tu reinstalación o aceptar la indemnización. Los 20 días por año solo se pagan si optaste por la indemnización y el patrón no te reinstala.
Cómo se calcula el finiquito, paso a paso
Primero saca tu salario diario. Con $15,000 al mes, tu diario ronda los $493 (se divide entre 30.4 días).
Después calcula tu aguinaldo proporcional: mínimo 15 días de salario al año (Artículo 87 LFT), pagadero antes del 20 de diciembre. Si te vas antes, usa: (salario diario × 15) ÷ 365 × días trabajados. Con 200 días trabajados y salario diario de $500, el resultado ronda los $1,500.
Suma también tus vacaciones y prima vacacional. Desde 2023 aplica la reforma de Vacaciones Dignas (Artículo 76 LFT): 12 días en el primer año, 14 en el segundo, 16 en el tercero, 18 en el cuarto, 20 en el quinto, y entre 22 y 24 días de seis a quince años de antigüedad.
Sobre esos días te toca una prima vacacional mínima del 25% (Artículo 80 LFT), un porcentaje extra que casi nadie revisa en su recibo.
No confundas salario simple con salario integrado: el finiquito usa tu salario diario normal, pero la indemnización por despido usa el Salario Diario Integrado, que suma proporcionalmente aguinaldo y prima vacacional.
Ejemplo con números reales
Ganas $18,000 al mes, llevas 3 años en la empresa y renuncias. Tu aguinaldo proporcional (15 días) sería de $8,880, vacaciones (16 días) $9,472, prima vacacional $2,368, y 5 días pendientes $2,960.
Total de finiquito estimado: $23,680, antes de ISR. Ese desglose debería aparecer, concepto por concepto, en tu recibo de nómina.
Un caso real: el error de la tabla vieja
Hace poco vi un caso típico: una trabajadora con 3 años de antigüedad recibió su finiquito calculado con solo 12 días de vacaciones, la tabla que aplicaba antes de 2023.
Con la tabla vigente le tocaban 16. Cuatro días de diferencia, más prima vacacional, sumaban casi $2,400 pesos que casi firma sin revisar. Bastó con mostrar el artículo 76 reformado para que la empresa corrigiera el pago.
Finiquito por renuncia voluntaria: qué SÍ y qué NO te toca
Este mito le cuesta dinero real a la gente: “si renuncias, no te toca nada”. Falso. Quien te lo diga, o no sabe, o te está viendo la cara.
Al renunciar sí te corresponde: días pendientes, aguinaldo proporcional, vacaciones más prima vacacional, y prima de antigüedad solo si llevas 15 años o más (Artículo 162 LFT). No te corresponden los 3 meses de indemnización ni los 20 días por año: esos son exclusivos del despido injustificado.
Despido injustificado: así se calcula la liquidación
Antes de calcular, conviene saber qué sí cuenta como causa justificada según el Artículo 47 LFT: faltas repetidas sin permiso, robo comprobado, violencia en el trabajo, o incumplir gravemente el contrato. Si tu despido no encaja en ninguna causa comprobada por escrito, probablemente fue injustificado.
Ahí la liquidación suma tres conceptos al finiquito: 3 meses de indemnización constitucional con salario integrado (Artículo 48 LFT), 20 días por año trabajado si no hay reinstalación (Artículo 50, fracción II), y prima de antigüedad de 12 días por año, con tope de dos veces el salario mínimo diario. En 2026 ese tope es de $630.08, porque el salario mínimo general quedó en $315.04.
Ejemplo con despido injustificado
Mismo trabajador, $18,000 al mes, 3 años de antigüedad, pero esta vez lo despiden sin causa. Su finiquito base sigue siendo $23,680, más $53,280 de indemnización, $35,520 de los 20 días por año y $21,312 de prima de antigüedad.
Total de liquidación estimada: $133,792, antes de ISR. La diferencia con el finiquito por renuncia supera los $100,000 pesos, y por eso vale tanto la pena confirmar tu motivo de salida antes de firmar.
¿Cuánto ISR se descuenta de tu finiquito?
No todo se grava igual. Las partes proporcionales, como aguinaldo, vacaciones y prima vacacional, tributan como ingreso normal con la tarifa del Artículo 96 de la Ley del ISR.
La indemnización por despido tiene una exención parcial sobre la UMA (Artículo 93, fracción XIII de la LISR), que en 2026 vale $117.31 diarios. Lo que excede esa exención sí se grava.
Si quieres afinar el descuento exacto, apóyate en una calculadora ISR 2026 además de esta calculadora de finiquito, y valida tu CFDI de nómina en el portal del SAT.
Errores comunes al calcular tu finiquito
Usar la tabla vieja de vacaciones es el más frecuente, y suele pagarte de menos. Aceptar un “despido justificado” sin pruebas también es común; pide que te lo demuestren por escrito.
Dejar fuera la prima vacacional es otro clásico, igual que confundir el salario simple con el integrado al calcular la indemnización.
Y el error que más caro sale: firmar el mismo día, sin sacar tus propias cuentas. Tómate al menos un día para revisar todo con calma.
¿Qué hacer si tu empleador no te paga lo correcto?
No firmes nada hasta tener tu número claro. Compáralo con lo que te ofrecen por escrito, concepto por concepto.
Si hay una diferencia real, acude al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, paso obligatorio antes de cualquier demanda, o pide orientación gratuita en la PROFEDET. Tienes dos meses para reclamar un despido (Artículo 518 LFT) y hasta un año para otras prestaciones (Artículo 516).
Preguntas frecuentes
¿El finiquito se paga siempre, aunque yo haya renunciado?
Sí, siempre. Es un derecho irrenunciable conforme al Artículo 5° de la LFT.
¿Cuánto tiempo tiene la empresa para pagarme?
La ley no fija un número exacto de días, pero lo habitual es el mismo día de la baja o los siguientes hábiles.
¿Puedo negociar mi liquidación?
Los conceptos irrenunciables no se negocian a la baja. La indemnización sí puede negociarse en conciliación.
¿Cómo se calcula el finiquito en 2026?
Sumando días pendientes, aguinaldo proporcional, vacaciones según Vacaciones Dignas y prima vacacional del 25%.
¿Qué pasa si mi contrato era por tiempo determinado y se venció?
Te corresponde el finiquito completo, pero no hay liquidación adicional.
¿La prima de antigüedad se paga si renuncio?
Solo si llevas 15 años o más en la empresa. En un despido se paga sin importar la antigüedad.
¿Qué hago si ya firmé y creo que me pagaron mal?
Puedes reclamarlo, sobre todo si hubo un error de cálculo. Acude a la PROFEDET lo antes posible.
Antes de firmar, saca tus propias cuentas
Tu finiquito o tu liquidación no es un favor de la empresa. Es un derecho que ya ganaste trabajando, respaldado por la Constitución y por la Ley Federal del Trabajo.
Usa la calculadora de finiquito y liquidación de esta página antes de firmar: ingresa tu salario, fecha de ingreso y motivo de salida, y compara el resultado con lo que te están ofreciendo por escrito.
Si los números no cuadran, ya sabes qué preguntar y a dónde acudir. Eso vale más que cualquier firma apurada.
